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Domingo, 22 de diciembre de 2024
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Caracas

Irrespetar el semáforo, insultos callejeros, apuestas y desechos de mascotas: Algunas conductas que serán castigadas en Caracas

Consumir alcohol o insultos públicos también serán multados - Foto AFP
Consumir alcohol o insultos públicos también serán multados - Foto AFP
En Caracas se implementará una ordenanza para regular la conducta ciudadana, sancionando el daño a la propiedad pública, consumir alcohol o drogas en espacios públicos, entre otros.

Una nueva ordenanza de convivencia fue aprobada para el municipio Libertador, en Caracas, que contempla 75 artículos con normas ciudadanas que, de ser violadas, acarrea multas calculadas en euros o trabajo comunitario.

Aunque en días pasados sólo llamó la atención la prohibición de caravanas estudiantiles, ya que en estas fechas eran tradicionales entre colegios de la capital venezolana, la norma va mucho más allá.

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Las acciones contra la integridad física de otra persona, de daño al patrimonio municipal, contra el embellecimiento de la ciudad, botar deshechos en la calle, el consumo en público de bebidas alcohólicas o psicotrópicas, así como los juegos de envite y azar, no recoger los desechos de las mascotas, insultar en público se penalizarán.

Las faltas graves serán sancionadas con cien veces el tipo de cambio oficial o dos trabajos comunitarios de cuarenta horas.

El no cumplir con la velocidad vehicular máxima permitida, irrespetar el semáforo, montarse en las aceras, ocupar esos espacios públicos, también acarrea sanciones que si no son canceladas podrá optar por cumplir trabajo comunitario.

Las multas se pagarán de acuerdo a la moneda de más alta denominación que se cotice en el Banco Central de Venezuela.

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Está prohibido que los motorizados crucen donde no está permitido, que los vehículos den la vuelta en U o realicen maniobras prohibidas y peligrosas.

La ordenanza también contempla la doble sanción, tanto para reincidentes en una infracción como para empleados públicos, por tener responsabilidad a la hora de aplicar la ley.

El trabajo comunitario contempla:

1.- Limpiar, restaurar o pintar escuelas u otros centros educativos públicos o privados por un lapso de 20 horas fraccionadas.

2.- Limpiar, restaurar o pintar plazas, ornato y lugares públicos por 20 horas fraccionadas.

3.- Limpiar, restaurar o pintar centros de salud por 20 horas fraccionadas.

4.- Limpiar, restaurar o pintar las sedes de los organismos públicos municipales por 20 horas fraccionadas.

5.- Colaborar en comedores y otros organismos de la Alcaldía Libertador por 20 horas fraccionadas

6.- Realizar actividades docentes, vinculadas con la infracción cometida, en los centros educativos y, dependiendo del grado del infractor, puede ser hasta ocho horas fraccionadas.


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