Sudeban emite aclaratoria sobre uso de banca electrónica desde el exterior
Este miércoles la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (Unif) aclararon a través de un comunicado el contenido de la circular SIB-DSB-UNIF-17799, de fecha 02 de noviembre de 2018 y dirigida al sector bancario, en la que se establece el tipo de transacción electrónica desde el exterior que no requiere de notificaciones previas por parte del cliente al banco.
Las operaciones son depósitos en cuenta, depósitos por concepto de pagos de pensiones del IVSS, transferencias electrónicas recibidas (propias o de terceros), pago de servicios públicos.
Asimismo, transferencias electrónicas o pagos de tarjetas de crédito del titular en el mismo banco o en otro, adelanto de efectivo a cuenta desde la tarjeta de crédito, solicitud de créditos, precisa claramente Sudeban respecto a los fundamentos de la citada circular.
Sólo deben informarse a los bancos en caso de efectuar transferencias electrónicas hacia terceros (personas naturales y jurídicas), realizar el pago de tarjetas de crédito a otros beneficiarios, sea en el mismo banco o en otro, desde el extranjero a través de la banca por internet.
La circular indica que "las plataformas tecnológicas de los bancos ya se encuentran operativas para atender las solicitudes de notificación de viaje o estadía en el exterior, mediante un proceso sencillo".
El comunicado también indica que el 29 de noviembre, a través de la circular SIB-DSB-UNIF-19213, se notificó que los clientes que acceden a la Banca en Línea dentro del territorio nacional deben hacerlo a través de empresas autorizadas para prestar servicios de internet por parte la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).
Colaboración AVN
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