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Sábado, 21 de diciembre de 2024
Sábado, 21 de diciembre de 2024
Juan Falkonerth, columnista. Juan Falkonerth

Contundente triunfo de Colombia en la CIJ

Con este fallo de la Haya, se resuelve una disputa entre Colombia y Nicaragua de varios años en este alto tribunal, el cual es definitivo al no tener recursos legales y ser de obligatorio cumplimiento para las partes.

Las diferencias entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe son de vieja data. Para tener un contexto más amplio y comprender los orígenes de esta, es menester remontarnos a la época de la conquista española. En 1492 y con el auge de la conquista, la Corona había decidido entregar las islas y los cayos a Guatemala, decisión que cambió radicalmente, producto del profundo interés español, por el Virreinato de Nueva Granada.

Bajo el argumento que desde este territorio podrían defenderse mejor las islas y los cayos de ataques externos, estas se adjudicaron al Virreinato de Nueva Granada, mediante Orden Real, en 1803.

Después de la independencia de Nicaragua y Colombia, se optó por firmar en 1825 un acuerdo en el cual ambos países delimitaban sus fronteras. Para 1928 se suscribió el famoso tratado internacional Esguerra - Bárcenas, en el cual, Colombia reconoció la soberanía de Nicaragua sobre la costa de Mosquitos y este a su vez, la soberanía de Colombia sobre las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, quedando por fuera los cayos de Roncador, Quitasueño y Serrana, que para ese momento eran objeto de disputa entre Colombia y los Estados Unidos.

Sin embargo, con el transcurrir del tiempo, se generó un descontento por parte de Nicaragua, con relación al tratado internacional en comento, ya que estos adujeron que este se suscribió mientras el país estaba bajo dominio estadounidense, lo que afectó notablemente sus intereses en la región.

Producto de esta situación, en 2001 y ante la Corte Internacional de Justicia (en adelante CIJ) se presentó una demanda contra Colombia. En esta oportunidad el alto tribunal internacional en 2012 concedió a Nicaragua 75 mil kilómetros cuadrados de mar, afectando profundamente los intereses y la soberanía de Colombia en la zona. Las islas y cayos quedaron rodeados por mar nicaragüense. A raíz de esta decisión el gobierno colombiano optó por denunciar el Pacto de Bogotá, que le otorgaba competencia contenciosa a la CIJ, para futuras controversias.

Antes de que esto quedara en firme, Nicaragua se aventuró a instaurar más acciones contra Colombia. Es así como en 2013, alegó que Colombia no cumplía el fallo anterior y que, con ello, estaba afectando a la población raizal en su actividad pesquera, a lo que el alto tribunal de justicia volvió a darle la razón en 2022. Cabe aclarar que en esta oportunidad no se tomó decisión alguna sobre los límites marítimos ya establecidos con anterioridad.

Sin embargo, quedaba por resolverse pretensiones de Nicaragua sobre la delimitación marítima con el caribe colombiano, básicamente dos a saber: i) que se determinara el curso preciso de la frontera de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia, de conformidad con los principios y reglas del derecho internacional y ii) qué se indicaran los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos, hasta tanto se delimitara con precisión la línea de frontera.

Técnicamente, se solicitaba que Nicaragua pudiese extender su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, sobre la zona económica exclusiva de Colombia y que se desconociera que Roncador, Quitasueño y Serrana, tuvieran zona marítima exclusiva, argumentando para ello, el cumplimiento del Tratado del Mar (del cual Colombia no hace parte) y el derecho consuetudinario.

El fallo de la CIJ no podía ser más consecuente en este caso, rechazando tajantemente todas las pretensiones de Nicaragua contra Colombia. No se puede sobreponer la plataforma continental de un Estado sobre otro Estado, así mismo, señaló que son pocos los Estados que se han atrevido a tal solicitud amparados en el marco legal internacional.

Aunque Nicaragua siempre argumentó un interés en materia ambiental y el derecho de la pesca artesanal por parte de los raizales, lo cierto acá, es que estaban detrás de las riquezas de petróleo, gas y minerales, los cuales se encuentran en el suelo y subsuelo de dicha plataforma continental extendida.

Fue un fallo en derecho y ajustado a la normatividad internacional.

Que sea esta la oportunidad para hacerle un enorme reconocimiento a Gabriel Cifuentes Ghidini, quien hizo parte del equipo jurídico que defendió los intereses de Colombia ante la CIJ, destacado internacionalista, jurista y parte de la camada de nuevos liderazgos en el país, gran amigo.

Al equipo que conformó la defensa jurídica del Estado y a gobiernos anteriores, que contribuyeron eficazmente en este histórico triunfo, gracias, fue un trabajo continuo. Ojalá que este triunfo sirva para unir al país en torno a la soberanía y los intereses nacionales.

Cápsula 1: la presencia de Delcy Rodríguez, vicepresidente de Venezuela, en la cumbre de la CELAC -UE, que se celebra en Bruselas, fue un gran desacierto. Si bien es cierto, se levantaron temporalmente las restricciones para que pudiese estar en territorio europeo, las razones por las cuales las sanciones le fueron impuestas, siguen vigentes. Mal mensaje para la comunidad internacional.

Cápsula 2: Irene Vélez, ministra de minas y energía de Colombia, no se cansa de sorprender para mal. No le bastó con los recientes escándalos de su marido, al cual negó, en la actualización de su declaración de conflictos de intereses, aduciendo “errores de digitación”, para que él se hiciera a un jugoso contrato de cerca de 140 millones de pesos.

Se conoció que la alta funcionaria habría cometido serias irregularidades para la salida del país sin el lleno de los requisitos, de su hijo menor de edad, para ello, valiéndose de su investidura, hizo que el agente migratorio a cargo accediera y permitiera la salida. Acá pudieron configurarse los delitos de tráfico de influencias de servidor público, que podría tener cárcel hasta por 12 años y, el de constreñimiento, ya se conocen las primeras denuncias por el primero. También se hizo apertura de indagación preliminar en la Procuraduría General de la Nación. ¿Por qué el presidente Petro insiste en pagar ese alto precio político por una ministra que hace mal su trabajo y abusa de su poder?

Cápsula 3: nuevos avances de Google BARD, hacen que le toman una importante ventaja a ChatGPT, la interpretación de imágenes y la respuesta de voz, son apuestas que le permiten un posicionamiento estratégico en materia de inteligencia artificial. También se les une un contendor, META, quien anunció que próximamente CM3leon, llegará con funciones que prometen ser revolucionarias.


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